Dentro del Marco Jurídico Dominicano se encuentra el Derecho de Familia, es una materia de orden especial que conlleva sus prerrogativas en los derechos  personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros, tales como el matrimonio, hasta en materia sucesoral; originado desde el estado civil de las personas como otras figuras establecidas en nuestro Código Civil tales como: el Matrimonio, Divorcio, Declaración de Nacimiento, Actas de Defunción.

Estos actos establecidos en el Ordenamiento Dominicano  requieren de ciertas formalidades a través de un acto notarial, debidamente registrado y con los impuestos correspondientes. Los resultados de las actuaciones en materia de familia, son por regla general irrenunciables, inalienables, intransmisibles e imprescriptibles, también el Interés Superior del Niño y del Adolescentes se encuentran por encima de cualquier derecho, los derechos y deberes como la Patria Potestad, Guarda y Custodia  que se ejerce sobre los hijos.

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